2010 - IPEEM vs. Creación del Parque Provincial Cerro Mercedario

Proyecto

de Ley Provincial para la "Creación de un Parque Provincial en el Area Minera Cerro Mercedario", propiedad del IPEEM.





Cerro Mercedario



















Proyecto:
PARQUE  NATURAL  
CERRO  MERCEDARIO

Creación del Parque Natural Cerro Mercedario, en la zona perteneciente al Instituto Provincial de Exploraciones y Explotaciones Mineras (I.P.E.E.M.), denominada 50-Co.MERCEDARIO, con una superficie de 5.800 has. (Coordenadas:  69º 56´ 25´´- 70º 09´ 00´´- 31º 51´ 20´´ -32º 02´ 45´´)

Ubicación:




Origen:

Con motivo de las declaraciones del Secretario de Minería de la Provincia de San Juan, Ing. Felipe Saavedra, en fecha 18 de febrero de 2010, en el diario nacional minero Minning Press, donde afirma que “en el área Cerro Mercedario no habrá actividad minera, ya que ahí habrá un parque provincial, ya que es un lugar preciado para el andinismo…”, calificando como irreversible esta decisión gubernamental.
En ese sentido el Director Vocal Basualdista del IPEEM por nota de fecha 19 de febrero de 2010, citó a sesión extraordinaria al Directorio de ese organismo a fin de tratar la desafectación  del área minera Cerro Mercedario como propiedad del IPEEM.

Fundamento legal:
Ley Provincial Nº 6911


“OBJETIVOS GENERALES:

ARTICULO 1º: Son objetivos generales de la presente  Ley:

         a)   Proteger, conservar, propagar, repoblar, generar y promover el aprovechamiento sustentable de la Flora, Fauna Silvestre, Fauna Ictícola así también la creación, fiscalización y desarrollo de las  Áreas Naturales Protegidas a fines de preservar la biodiversidad y  los ecosistemas en todo el terri­torio de la Provincia de San Juan.-


PARQUES NATURALES

ARTICULO 7º.- Serán consideradas Parque Natural, aquellas áreas no afectadas por la actividad humana que gozan de representatividad biogeográfica y/o contengan ecosistemas, espe­cies de Flora y Fauna, elementos geomorfológicos o paisajes naturales de belleza o interés excepcional, cuya protección tiene finalidad científica, educativa o recreativa. Son áreas de rela­tiva extensión  cuyo manejo requiere una apropiada zonificación territorial.-


ARTICULO 8º.- En los Parques Naturales son incompatibles:

     a)   Asentamientos humanos, salvo los indispensables para la administración de la unidad.

     b)   La exploración y explotación minera, salvo cir­cunstancias excepcionales y con los recaudos que se establezcan para las canteras destinadas a obras de mantenimiento de caminos existentes, cuando los yacimientos situados fuera de la zona  fueran inaccesibles.

     c)   La instalación de industrias, la explotación agropecuaria, forestal y cualquier otro tipo de aprovechamiento extractivo de los recursos natura­les que contenga.

     d)   La caza, la pesca y cualquier otro tipo de acción sobre la fauna, salvo que fuera necesaria la captura de ejemplares o reducción numérica de determinadas especies por razones de orden técnico o científico para lo cual deberá mediar autoriza­ción previa de la Autoridad de Aplicación.

     e)   La introducción, transplante y propagación de Flora y Fauna Exótica.”.-


Fundamentación práctica


        En aras a lograr una clara fundamentación de este proyecto, y al amparo de la normativa expresada por el Art. 7 de la Ley 6119, intentaré hacer un desglose de sus enunciados:

Dice la Ley:

            Serán consideradas Parque Natural, aquellas áreas no afectadas por la actividad humana:…
         Hemos aclarado de modo previo que existe voluntad del Gobierno Provincial de no explotar los recursos mineros en la zona,

            … que gozan de representatividad biogeográfica:…
     La distribución de los seres vivos es el resultado de la evolución biológica y de la dispersión de las estirpes, de la evolución climática global y regional, y de la evolución de la distribución de tierras y mares. La Biogeografía es una ciencia histórica, es decir, que se ocupa del estudio de sistemas cuya evolución ha transitado procesos que se han sucedido a gran escala en el tiempo (millones de años)

            … y/o contengan ecosistemas, espe­cies de Flora y Fauna, elementos geomorfológicos o paisajes naturales de belleza o interés excepcional, cuya protección tiene finalidad científica, educativa o recreativa.
     Situado en la Cordillera de la Ramada, en el Departamento Calingasta de la Provincia de San Juan, con una altura de 6770 msnm. (el cuarto más alto del Cordón de Los Andes). Compuesto por Mercedario, Pico Polaco, La Mesa, Alma Negra y Ramada, presenta nieves eternas a partir de los 5.500 msnm y pasos cordilleranos solo en verano.
        Flora: chacay, pingo pingo, acerillos, leoncito; vegas y ciénagas con formaciones vegetales típicas: berro, llantén, juncos, etc. En las alturas: vegetación de puna. Bosques de algarrobo.
        Fauna: guanaco, suri (especie en peligro de extinción), zorro colorado, zorro gris, chin chillón, chiné, puma, águila mora, liebre, lagartos y lagartijas.
        La cuenca del Río San Juan se ubica en esta región, con una superficie de 38.462 km2, y ocupa alrededor del 42% de la superficie de la Provincia de San Juan. El río San Juan nace en Las Juntas (al norte de Calingasta) de la confluencia de los ríos Castaño y Los Patos, que son colectores de una importante red de afluentes que nacen en las altas cumbres cordilleranas.
        Reservorios de agua: glaciares: recientemente se ha detectado un par de glaciares cubiertos en avance: uno localizado en la naciente del río Calingasta y el otro en la zona del Cerro Mercedario.[1]


Antecedente

Programa Chapaq Ñan – Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación (en trámite)
Argentina, Chile, Bolivia, Perú, Ecuador y Colombia preparan la candidatura del Camino Principal Andino, “Qhapaq Ñan”[2], para que sea declarado "Patrimonio Cultural de la Humanidad" por UNESCO. La Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación es el organismo encargado, en nuestro país, de coordinar las actividades que se realizan en torno a la presentación.
El Camino Principal Andino, o Qhapaq Ñan, está constituido por un conjunto de sitios que históricamente estuvieron asociados o formaron parte de la red vial a través de la cual se incorporaron parajes y grupos sociales de los seis países involucrados: Chile, Bolivia, Perú, Ecuador, Colombia y Argentina. Este Camino, que tiene una extensión de más de cinco mil kilómetros, abarca en Argentina siete provincias: Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, La Rioja, San Juan y Mendoza.
Muchos de estos espacios son monumentos históricos nacionales y otros cuentan con reconocimiento municipal o provincial. El mantenimiento, restauración, señalización y creación de museos en las zonas delimitadas quedará a cargo de las provincias y de la Nación que, para ello, confeccionarán un Plan de Manejo en los términos de la postulación para que sea incorporado al Patrimonio Cultural Mundial de UNESCO[3].




[1] http://www.miningpress.com/articulo.php?id=64187 Glaciares: detectaron que crecieron dos y podrían ser más.
[2] Camino del Inca- La red vial incaica comprendía 25.000 Km. de camino de piedra, naciendo en Ecuador, y llegando al sur de la Provincia de Mendoza. Hoy, gran parte de esa senda se encuentra bajo la Ruta Nacional Nº 40. En Argentina tiene una extensión de 5000km. El Cerro Mercedario fue ascendido por los incas para honrar al dios sol, y lo hacían por la misma ruta por la que hoy se accede a la cima. Al finalizar el siglo XV los incas se establecieron en el área en la que hoy se encuentra el Parque Nacional San Guillermo.

[3] Texto extraído del portal http://www.cultura.gov.ar/programas/?info=detalle&id=21